El pasado jueves participamos en el 23er Congreso Nacional de Derecho Sanitario. Un año más nos citamos para que los expertos participantes en el Taller A.M.A. nos pusieran al día con las últimas reformas del Código Penal español, que hacen que también las sociedades sanitarias, hospitales, instituciones e incluso Colegios profesionales puedan ser imputados penalmente.
El paraninfo del Colegio Oficial de Médicos de Madrid acogió, incluso en sus escaleras, a una multitud de abogados, médicos y demás profesionales del sector, donde ejerció de directora y moderadora de la sesión Raquel Murillo, directora general adjunta y directora del Ramo de Responsabilidad Civil de A.M.A. Destacó la necesidad de unificar la la nueva interpretación y aplicación normativa sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el ámbito sanitario tras las recientes reformas del Código Penal de 2010 y 2015 y de la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado.
En el Taller participaron cuatro expertos con cuatro visiones diferentes sobre el acercamiento de la nueva legislación a los afectados por la misma. Alfonso Trallero, socio del despacho Bajo & Trallero, recordó que las sociedades sanitarias pueden verse afectadas solo en los supuestos concretos contemplados en el Código Penal, en especial respecto a delitos como tráfico ilegal de órganos, revelación de secretos, infracciones de propiedad intelectual o industrial, publicidad engañosa, emisión de radiaciones, cohecho, tráfico de influencias o delitos contra la salud pública relacionados con medicamentos.
Antonio del Moral, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, por otro lado, sostiene que las novedades normativas han servido para que las empresas dediquen más espacio a prevenir delitos, un marco en el que se incentive evitar que una persona que trabaja para la organización delinca; para lo que subrayó como eximentes los programas de cumplimiento normativo, o de “compliance”, siempre que pueda demostrarse que, de forma racional, estos programas hacen evitable la comisión de esos delitos.
José Manuel Maza, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, explicó que la nueva normativa equivale a la aplicación de un nuevo sistema, algo que se venía reclamando encarecidamente desde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que vincula directamente su uso con la lucha contra la corrupción.
Y por último, Alejandro Luzón, teniente fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, consideró que los Colegios profesionales sanitarios sí podrán verse afectados por la reforma normativa en determinados casos. Según su análisis, los Colegios no encajan en el sector público ya que su estructura es tan privada como pueda serlo la de Mutuas o Cámaras de Comercio. Sobre hipotéticos casos penales, valoró como difícil que, en fase de instrucción, las personas jurídicas consigan eludir esa responsabilidad.
Las posturas de los cuatro expertos fueron comentadas brevemente tras la finalización del acto, que convocó a abogados y médicos de toda España. Y es que el tema, venía siendo de gran interés desde tiempo atrás para ambos sectores, que llevaban reclamando un Taller explicativo acerca de la responsabilidad jurídica de las personas jurídicas del ámbito sanitario desde hace varias ediciones.
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