Seguro de Embarcaciones: obligatoriedad y en qué consiste

El Seguro de Embarcaciones es una solución perfecta para disfrutar del mar y de los deportes acuáticos con la tranquilidad de estar protegido ante cualquier imprevisto.

Conoce todos los detalles del Seguro de Embarcaciones: su obligatoriedad, garantías y tipos de embarcaciones aseguradas. 

A fin de ofrecer un producto completo para los profesionales sanitarios y sus familiares, A.M.A. comercializa el Seguro de Embarcaciones de recreo. Este producto viene a completar el seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para dichas embarcaciones que entró en vigor en el año 1999.

¿Qué embarcaciones están obligadas a contratar un seguro obligatorio?

Es obligatorio disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil para las embarcaciones de recreo según aparece regulado en el RD 607/1999, de 16 de abril, pero, ¿qué se entiende por embarcaciones de recreo?

Todas las embarcaciones propulsadas a motor (veleros, yates, neumáticas y semirrígidas) incluidas las motos acuáticas, y aquellas embarcaciones que no son propulsadas a motor pero que tenga más de 6 metros de eslora, de longitud entre la proa y la popa.

Garantías del Seguro de Embarcaciones

Nuestro Seguro de Embarcaciones cuenta con 3 modalidades de acuerdo al tipo de seguro que deseas, pero básicamente todos brindan:

  • Responsabilidad Civil Obligatorio
  • Reclamación de daños
  • Asistencia náutica
  • Defensa del asegurado
  • Accidentes personales de los ocupantes

Las modalidades media y superior cuentan con más garantías entre las que  se encuentran averías particularesy robos, entre otras. Echa un vistazo a la web para ver más información en detalle sobre nuestro Seguro de Embarcaciones

Como puedes ver, desde A.M.A. Seguros apostamos a ofrecer todos los productos necesarios para los sanitarios. Descubre más sobre nuestros seguros en nuestro blog y despeja todas tus dudas al respecto.

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